La ley ya se sancionó,
pero aún resta definir cuestiones prácticas tales como edad, cantidad de
procedimientos cubiertos, alcance de los estudios, entre otras. En tanto, las
prepagas ya advierten sobre posibles aumentos en las cuotas. ¿Cómo se
resolverá?. Más de 600.000 parejas esperan respuestas
Tras una larga espera, finalmente se oficializó la Ley
Nacional de Fertilización Asistida.
Y si bien ésta es una buena noticia para muchas parejas que
esperan poder convertirse en padres, con la ayuda de la ciencia, lo cierto es
que la "batalla" para ellos aún no terminó.
Y esto es así dado que todavía se encuentran pendientes de
reglamentación diversos aspectos normativos y cuestiones prácticas que resultan
claves respecto del tratamiento en sí mismo. La tarea de definir tan
importantes cuestiones se encuentra en manos del Ministerio de Salud.
En este sentido, es determinante saber cuántos tratamientos
se podrán realizar y estarán cubiertos, los límites de edad o dónde se podrán
llevar a cabo, entre otros aspectos.
Al respecto, vale mencionar que existen diversos
procedimientos con distinto grado de complejidad para intentar lograr la
concepción.
En primer lugar, se encuentran los de baja complejidad, que
son más sencillos y económicos (cuestan alrededor de $5.000), y para los cuales
se suele indicar un máximo de 3 intentos cuando la mujer tiene hasta los 39
años. Y si fuera mayor se sugiere efectuar sólo uno por año.
En caso de no llegar a un resultado favorable, las parejas
deben recurrir a tratamientos más complejos que llegan a superar los $40.000.
En la actualidad, se estima que hay 600.000 parejas que se
beneficiarían con el nuevo marco reglamentario.
Una de las razones a la que responde este número tan elevado
tiene que ver con que, con el correr de los años, las mujeres han ido
postergando la maternidad y cada vez es más común que el primer hijo sea
concebido pasados los 35 años.
Sin embargo, pese al avance de la ciencia, hay que
considerar que existe una edad biológica y que, a medida que ésta avanza, las
chances de que la mujer quede embarazada disminuyen, como así también aumentan
los riesgos vinculados con la gestación.
Asimismo, en lo que respecta a fertilidad, hoy en día no son
pocos los casos de problemas que se presentan en los hombres lo cual es algo
que requiere estudios y análisis para evaluar soluciones y definir los pasos a
seguir de acuerdo con el consejo del médico.
Por eso, cuando las parejas experimentan complicaciones para
tener hijos, suelen consultar no sólo a un/a ginecólogo/a sino también a
psicólogos, genetistas, especialistas en fertilidad y, además, se realizan
numerosos estudios, que hasta ahora no eran cubiertos por parte de las prepagas
u obras sociales, lo eran parcialmente o sólo se reconocían para planes
elevados.
Indudablemente, todos estos procedimientos terminan
resultando bastante caros. Y si bien es cierto que incurrir en estos gastos y
pasar por todo este largo camino siempre vale la pena si se trata de tener un
bebé, no es menos cierto que no todas las parejas están en condiciones de
afrontarlos aunque quieran.
En este contexto, los expertos consultados por iProfesional
destacaron que quienes redacten la reglamentación tienen una difícil tarea por
delante.
Esto es así no sólo porque son muchos los aspectos que
deberán contemplar sino porque también existe cierta resistencia de las
empresas de medicina prepaga y las obras sociales -quienes deben dar esta
prestación gratuitamente a sus afiliados- las que ya comenzaron a plantear sus
dudas sobre el financiamiento de esa cobertura y su impacto en las prestaciones
de todo el universo de afiliados.
Asimismo, una cuestión que aún requiere respuestas tiene que
ver con el presupuesto que destinará el Ministerio de Salud para llevar
adelante dichas intervenciones.
Sucede que la ley establece que también el sector público de
salud -junto a las obras sociales y a las entidades de medicina prepaga-,
deberán incorporar como "prestaciones obligatorias" y brindar a sus
afiliados o beneficiarios "la cobertura integral e interdisciplinaria del
abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y las terapias de apoyo y los procedimientos
y las técnicas que la Organización Mundial de la Salud define como de
reproducción médicamente asistida".
Es decir:
• La inducción de ovulación.
• La
estimulación ovárica controlada.
• El
desencadenamiento de la ovulación.
• Las
técnicas de reproducción asistida (TRA).
• La inseminación intrauterina, intracervical o
intravaginal, con gametos del cónyuge, pareja conviviente o no, o de un
donante.
De acuerdo con la flamante norma, estos tratamientos
quedarán incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO), así como los de
diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.
El papel del Ministerio
De acuerdo con la ley, se entiende por reproducción
médicamente asistida a los procedimientos y técnicas realizados con asistencia
médica para la consecución de un embarazo. Quedarán comprendidas las técnicas
de baja y alta complejidad, que incluyan o no la donación de gametos y/o
embriones.
Por ese motivo, entre otros ítems, en su reglamentación el
Ministerio de Salud deberá:
- Garantizar
el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de
reproducción médicamente asistida.
- Además,
cuando lo considere conveniente, podrá incluir nuevos procedimientos y técnicas
desarrollados mediante avances técnico-científicos.
- Indicar
qué requisitos deben cumplir los establecimientos sanitarios para poder llevar
adelante estos tratamientos.
- Crear un registro único en el que estén inscriptos todos
aquellos establecimientos sanitarios habilitados para realizar procedimientos y
técnicas de reproducción médicamente asistida.
Por otro lado, dado que la norma aprobada consigna la
donación de gametos (óvulos y espermatozoides), deberá contemplarse la creación
de bancos para su crioconservación.
Asimismo, este organismo deberá:
a) Arbitrar las medidas necesarias para asegurar el derecho
al acceso igualitario de todos los beneficiarios.
b) Publicar la lista de centros de referencia públicos y
privados habilitados, distribuidos en todo el territorio nacional.
La norma aprobada por amplia mayoría en el Congreso estipula
que "podrá acceder a este tratamiento toda persona mayor de edad que haya
explicitado su consentimiento informado, que será revocable hasta antes de
producirse la implantación del embrión en la mujer".
También quedan alcanzados por la cobertura "los
servicios de guarda de gametos o tejidos reproductivos, según la mejor
tecnología disponible y habilitada a tal fin por el Ministerio de Salud para
aquellas personas, incluso menores de 18 años que, aun no queriendo llevar adelante
la inmediata consecución de un embarazo, por problemas de salud o por
tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas puedan ver comprometidas su
capacidad de procrear en el futuro".
El organismo a cargo de Juan Manzur deberá emitir la
resolución este año, dado que tiene 90 días (ya que suelen ser tomados en
cuenta solamente los hábiles). Asimismo, deberá proveer anualmente la
correspondiente asignación presupuestaria.
Repercusiones
Mariana Contreras de la ONG Dar Vida, indicó que "ahora
toca la parte más importante porque lo redactado es muy amplio y no habla de
cantidades de tratamientos ni edades".
"Cada pareja es diferente, con cargas muy
diversas" y no siempre con los mismos problemas para concebir.
A modo de ejemplo, los expertos explicaron que recién luego
de la reglamentación podrá saberse si la alta complejidad podrá aplicarse
paulatinamente.
Hasta ahora el PMO sólo cubría la obstrucción tubular en
personas menores a 35 años, que son aquellas que pueden tener posibilidades de
embarazarse.
Federico Díaz Mathé, director ejecutivo de Cimara, la cámara
que agrupa a las 20 empresas prepagas más grandes del país, afirmó que
"esto va a derivar en mayores costos médicos y lo van a terminar pagando
los usuarios".
"Creo que es una irresponsabilidad de parte de los
legisladores sancionar una ley sin saber cómo se va a financiar lo que
aprueban. Lo que va a pasar es que el costo se va a prorratear entre todos los
usuarios del sistema", insistió.
En tanto María Ciruzzi, colaboradora de microjuris.com,
celebró la regulación de estos procedimientos pero indicó que "se debe ser
muy prudente" a la hora de la reglamentación porque, en definitiva, será
lo que fije los detalles y pormenores de estas prácticas.
En este punto, resaltó que "nos estamos adentrando en
un terreno donde la ciencia médica aún no ha dicho la última palabra, donde aún
no se han zanjado las discusiones científicas, por lo que el derecho debe
asumir un rol primordialmente de acompañamiento".
"Cuando hablamos de tratamiento de enfermedades, se
requiere de una indicación médica ponderada e individualizada. La sola
existencia de una ley que garantice determinados procedimientos médicos no
reemplaza automáticamente el juicio experto del profesional asistente",
concluyó.
Fuente: iProfesional