jueves, 14 de enero de 2016

Cambios en la estructura del Ministerio de Salud de la Nación (Decreto 114/2016)



ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 114/2016

Decreto N° 357/2002. Modificación.

Bs. As., 12/01/2016

VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357/02, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al MINISTERIO DE SALUD, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias.

Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE SALUD por el Decreto mencionado en el párrafo anterior, resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha área.

Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XX, correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Objetivos— el Apartado XX, correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

Art. 3° — Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE SALUD de acuerdo con el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del presente.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.

Planilla Anexa al artículo 1°
XX.- MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
- SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
- SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
Planilla Anexa al artículo 2°
XX.- MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS:
1. Asistir al Ministro en la coordinación del accionar de las unidades que conforman la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y de toda otra tarea que se le encomiende.
2. Instrumentar el cumplimiento de las acciones y tareas que específicamente le encomiende el titular de la jurisdicción derivadas de los objetivos propios de dicha Subsecretaría.
3. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
4. Asistir al Ministro en la planificación de las actividades de administración y en la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la Jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes.
5. Asistir al Ministro en el diseño y aplicación de las políticas de recursos humanos y organización y en el diseño de sistemas administrativos e informáticos.
6. Asistir al Ministro en el diseño de los procedimientos de evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la Jurisdicción y proponer acciones tendientes a optimizar la gestión de los mismos.
7. Coordinar el accionar del servicio jurídico de la Jurisdicción y supervisar el desenvolvimiento de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados, interviniendo en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.
8. Intervenir, en coordinación con las otras instancias ministeriales jurisdiccionales competentes, en la aplicación y mejora continua de la Carrera Profesional.
9. Intervenir, en función de los objetivos que le son propios a la Subsecretaría, en la evaluación del cumplimiento de los proyectos, programas, planes y acciones de la jurisdicción.
10. Elaborar y proponer instrumentos que permitan elevar los niveles de eficacia, eficiencia y complementariedad de las acciones que se cumplen en la jurisdicción y el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles.
11. Efectuar la planificación, coordinación y asistencia administrativa a las actividades sustantivas de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes.
12. Coordinar la planificación de las acciones vinculadas con la gestión de bienes y servicios y las conducentes para concretar su contratación.
13. Entender en la instrumentación de los sumarios administrativos disciplinarios.
14. Administrar el servicio de almacenaje de insumos de la jurisdicción, articulando y coordinando las acciones de logística pertinentes con las áreas sustantivas competentes.
15. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, estableciendo para cada trámite en función de su contenido, la derivación a las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
16. Entender en el registro y certificación de las firmas de los funcionarios de la jurisdicción.
17. Coordinar con los demás países, organismos de crédito internacional y demás fuentes de préstamos externos, las acciones a desarrollar por los distintos programas y actividades con fuente de financiamiento internacional de la cartera sanitaria.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
OBJETIVOS:
1. Asistir al Ministro de Salud en la gestión operativa e institucional, en la elaboración de políticas y normativas y en la planificación sanitaria.
2. Entender en materia de regulación y fiscalización sanitaria, y en la elaboración, incorporación, registro y sistematización de normativas orientadas a la eficacia, efectividad, eficiencia y calidad de los establecimientos y servicios de salud.
3. Supervisar el registro y los controles sanitarios relacionados con la infraestructura, equipamiento, aparatos, drogas, medicamentos y alimentos conforme a la normativa vigente.
4. Supervisar todo lo referido a la normatización, coordinación y fiscalización de las acciones relacionadas con la sanidad en el área de frontera y las terminales de transporte.
5. Entender en el desarrollo de políticas de reducción de la morbimortalidad por factores de origen laboral, que afecten la salud de los trabajadores en general y de la administración pública en particular.
6. Coordinar y normatizar las acciones vinculadas a los Recursos Humanos en Salud, y organizar y administrar el sistema nacional de residencias del equipo de salud.
7. Articular las normativas sanitarias existentes en los distintos niveles de gobierno y los subsistemas de salud público, privado y de obras sociales y otros financiadores y prestadores a los efectos de garantizar la adecuada atención sanitaria de la población.
8. Establecer las políticas que permitan llevar adelante las acciones de los organismos descentralizados bajo su dependencia, en consonancia con lo establecido por el Plan Federal de Salud y la normativa vigente en la materia.
9. Supervisar y coordinar los programas gestionados a través de los organismos descentralizados de su dependencia.
10. Intervenir, en coordinación con las otras instancias intra e interministerial, en la aplicación y mejora continua de la Carrera Profesional, conforme Decreto N° 277/91 y sus modificatorios.
11. Entender en la definición de políticas para promover el desarrollo de registros nacionales y jurisdiccionales de estadísticas sanitarias.
12. Formular, ejecutar y controlar las políticas nacionales de rehabilitación para personas con discapacidad.
13. Propiciar el desarrollo, difusión y publicación de la información estadística actualizada que permita la definición y la toma de decisiones sobre las políticas sanitarias, tanto en el ámbito nacional como regional, provincial y municipal.
14. Instrumentar los medios necesarios a efectos de posibilitar el financiamiento del Hospital de Pediatría “Prof. Dr. Juan P. Garrahan”, coordinando con las otras instancias correspondientes.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
OBJETIVOS:
1. Asistir en la planificación sanitaria global, efectuar la evaluación de políticas sectoriales, analizando los resultados e impacto social de los mismos y brindar apoyatura técnica a las reuniones del Gabinete Ministerial.
2. Ejercer la supervisión y coordinación de las acciones destinadas a la promoción, desarrollo y evaluación de la calidad y gestión de los servicios brindados por el MINISTERIO DE SALUD.
3. Promover la elaboración, incorporación y sistematización de normativa orientada a mejorar la eficacia, eficiencia y calidad de los establecimientos y servicios de salud.
4. Coordinar el desarrollo de políticas basadas en las nuevas tecnologías de la información en el ámbito de su competencia.
5. Coordinar las acciones con las distintas jurisdicciones y con los organismos gubernamentales y no gubernamentales que corresponda en cada caso, tendientes a garantizar la excelencia en la formación de los recursos humanos del sector.
6. Promover la formación y capacitación de los recursos humanos del Sector Salud de acuerdo a los estándares apropiados para los servicios y el Sistema de Salud.
7. Contribuir a establecer la currícula que promueva la formación de los recursos humanos en salud.
8. Promover mecanismos de concertación destinados a regular la oferta de los recursos humanos de la salud en todas sus modalidades; así como en su proceso de formación, incluyendo residencias y becas.
9. Establecer las políticas para definir la eficiente y equitativa financiación de las residencias y becas para el equipo de salud en las distintas jurisdicciones, conforme sus necesidades y la dinámica establecida para alcanzar su excelencia formativa.
10. Propender a la disminución de la morbimortalidad por factores de origen laboral, formulando políticas tendientes a promover y proteger la salud de los trabajadores en general y de la administración pública en particular.
11. Desarrollar mecanismos adecuados de regulación y fiscalización de los servicios de salud a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente.
12. Formular políticas de fortalecimiento de los registros federales y nacionales de su incumbencia para asegurar la universalidad, actualización y disponibilidad de la información.
13. Colaborar con las distintas Jurisdicciones en la optimización de los instrumentos que aseguren el debido registro, control y fiscalización del ejercicio profesional y de los establecimientos asistenciales.
14. Normatizar, coordinar y fiscalizar las acciones relacionadas con la sanidad en el área de frontera y terminales de transporte.
15. Proyectar y proponer las políticas de profesionalización de los recursos humanos de la Salud pertenecientes a la carrera profesional, conforme Decreto N° 277/91 y sus modificatorios, coordinando con las otras instancias del Poder Ejecutivo Nacional con competencia en la materia.
16. Planificar, coordinar y ejecutar investigaciones científicas que contribuyan al desarrollo del sector salud, promoviendo su difusión y utilización apropiada.
17. Propiciar y ejecutar el desarrollo de programas de becas e investigación
18. Difundir, en coordinación con las áreas pertinentes del Ministerio, los resultados de investigaciones —tanto propias como de terceros— en temas vinculados a la salud y sus determinantes socioambientales, de forma que puedan apoyar el proceso de formulación de políticas en salud.
19. Ejercer la rectoría del Plan Nacional de Sangre, conforme a la normativa vigente, propiciando el fortalecimiento del sistema nacional de hemoterapia, definiendo las normas de organización, para alcanzar su óptimo funcionamiento.
20. Normatizar, coordinar y desarrollar las políticas que permitan alcanzar la autosuficiencia en hemocomponentes y derivados, a través del fomento de la donación voluntaria y habitual, la producción bajo programas de aseguramiento de calidad y el monitoreo del uso adecuado de los componentes sanguíneos.
21. Desarrollar los mecanismos que permitan optimizar la gestión y funcionamiento de los hospitales en general y de los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada —HPGD— en particular.
22. Coordinar y supervisar la aplicación del sistema de habilitación categorizante y administrar un registro de los establecimientos habilitados.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES
OBJETIVOS:
1. Formular y coordinar las acciones relacionadas con el proceso de transformación del modelo de atención de la salud impulsado por el MINISTERIO DE SALUD en las áreas y establecimientos bajo su dependencia.
2. Entender en la coordinación de las acciones llevadas a cabo por los establecimientos de salud bajo su órbita con los del primer nivel de atención.
3. Fomentar la incorporación de nuevas tecnologías de gestión hospitalaria que redunden en beneficio de la población asistida por sus establecimientos de salud.
4. Colaborar con la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS y en coordinación con el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE —INCUCAI— en el desarrollo de la política nacional de donación de órganos.
5. Participar, en forma coordinada con la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, en la aplicación y mejora continua de la carrera profesional, conforme Decreto N° 277/91 y sus modificatorios, coordinando con otras instancias intra e interministeriales.
6. Supervisar y coordinar los programas gestionados a través de los organismos descentralizados de su dependencia.
7. Entender en la formulación e implementación de mecanismos de monitoreo y evaluación de los establecimientos e institutos bajo su dependencia de manera de lograr el mayor impacto de sus acciones en términos de cobertura y equidad.
8. Supervisar la aplicación, en los organismos de su dependencia, de los estándares de calidad en los servicios de salud determinados por la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION.
9. Fomentar la estrategia de implementación de modelos participativos de la comunidad que resulta receptora de los servicios, en concordancia con las políticas de calidad y participación determinadas por el MINISTERIO DE SALUD.
10. Proponer a la autoridad sanitaria la creación de institutos especializados de investigación en el ámbito de su competencia, coordinando con las instancias correspondientes.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
OBJETIVOS:
1. Planificar y coordinar acciones dirigidas a la prevención y control de enfermedades y riesgos para la salud más significativos en el país.
2. Promover el desarrollo de estrategias de vigilancia epidemiológica, registros de enfermedades, estudios epidemiológicos e investigación para la salud.
3. Coordinar y evaluar las campañas nacionales de promoción y protección de la salud.
4. Intervenir y coordinar acciones ante situaciones de emergencia sanitaria.
5. Instrumentar los medios necesarios para la provisión de medicamentos a pacientes sin cobertura de la seguridad social o privada en patologías específicas dentro del ámbito de su competencia.
6. Coordinar la planificación de las acciones de prevención, control, eliminación y erradicación de las enfermedades inmunoprevenibles y las vinculadas con la implementación de las estrategias nacionales de vacunación y campañas de inmunización.
7. Coordinar los diversos programas sanitarios que se desarrollen bajo su órbita.
8. Promover la implementación de mecanismos de monitoreo y evaluación de los programas y acciones de la Secretaría, y formular recomendaciones a fin de optimizar su impacto.
9. Formular, ejecutar y controlar programas sanitarios destinados a fortalecer la capacidad de respuesta del MINISTERIO DE SALUD y las funciones esenciales de salud pública a nivel nacional y provincial.
10. Propiciar la vinculación del MINISTERIO DE SALUD con los ámbitos académico y científico-tecnológico del país, en el ámbito de su competencia.
11. Participar, en el ámbito de su competencia y en coordinación con las áreas pertinentes del MINISTERIO DE SALUD, en los convenios sanitarios internacionales y en las relaciones con los organismos internacionales de salud.
12. Diseñar políticas para la atención de la salud de la población, comprendiendo la promoción y la protección de la salud, la asistencia, la recuperación y la rehabilitación de la salud.
13. Formular, ejecutar y controlar los programas nacionales sanitarios encuadrados en la estrategia de Atención Primaria de la Salud para el logro de una mayor equidad; y todos aquellos restantes programas vinculados con las materias objeto de su competencia.
14. Entender en los aspectos relacionados con la estrategia de atención primaria de la salud.
15. Entender en los aspectos relacionados con la salud materno-infantil y adolescente.
16. Formular y coordinar mecanismos de monitoreo y evaluación de los distintos programas y proyectos sectoriales de manera de lograr el mayor impacto de las acciones en términos de cobertura y equidad.
17. Entender, en el ámbito de su competencia, en forma coordinada con las áreas pertinentes del MINISTERIO DE SALUD, en la cooperación técnica en los convenios sanitarios internacionales y en las relaciones con los organismos internacionales de salud en los que la SECRETARIA participe.
18. Entender en todo lo atinente a la definición de los modelos prestacionales más adecuados para la cobertura médica establecida para los beneficiarios de pensiones no Contributivas.
19. Entender en la definición de políticas que permitan establecer mecanismos idóneos para ofrecer una respuesta prestacional adecuada a los beneficiarios del Programa Federal de Salud, en un marco de equidad y basado en el esquema de descentralización de gestión.
20. Entender en los temas relativos a la salud sexual y procreación responsable.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
OBJETIVOS:
1. Formular, ejecutar y controlar los programas nacionales dirigidos a la prevención de enfermedades y riesgos para la salud y al control de las emergencias sanitarias.
2. Formular, programar y coordinar las acciones vinculadas al sistema de vigilancia epidemiológica.
3. Promover y desarrollar los estudios de diagnóstico de situación, recursos disponibles, oferta y demanda, necesarios para la planificación estratégica de la prevención y el control en el sector salud.
4. Entender en la provisión de medicamentos y reactivos de diagnóstico para pacientes sin cobertura de la seguridad, social o privada en patologías específicas dentro del ámbito de su competencia.
5. Intervenir en casos de emergencias sanitarias que requieran el auxilio del Estado Nacional.
6. Formular, dirigir y coordinar las campañas nacionales de promoción y protección de la salud.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
OBJETIVOS
1. Entender en los aspectos relacionados con la salud materno-infantil y adolescente.
2. Entender en el seguimiento y monitoreo de la implementación de la estrategia de Atención Primaria de la Salud y de los Programas de Salud Comunitaria que se implementen en su órbita, con especial énfasis en la promoción de la salud y prevención de enfermedades.
3. Participar en la articulación de las relaciones sanitarias definidas en el Programa Federal de Salud entre los distintos niveles de gobierno y los subsistemas de salud pública, privada y de obras sociales y otros financiadores y prestadores a los efectos de garantizar la adecuada atención sanitaria de la población.
4. Participar, en forma coordinada con las demás instancias ministeriales competentes, en la articulación de las relaciones de los programas nacionales sanitarios entre los distintos niveles de gobierno y los subsistemas de salud pública.
5. Intervenir en la coordinación de las acciones relacionadas con el proceso de transformación del modelo de atención de la salud.
6. Entender en la formulación, programación y coordinación de las acciones propias de la estrategia de atención primaria de la salud.
7. Intervenir en la formulación, programación y coordinación de acciones en el primer nivel de atención y en las redes de referencia.
8. Promover, capacitar y desarrollar acciones para la prevención y atención de la salud bucal.
9. Impulsar las actividades de promoción y prevención de la salud ocular.
10. Desarrollar actividades de promoción de la salud y el deporte controlado.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
OBJETIVOS:
1. Asistir al señor Ministro en la planificación estratégica de las políticas implementadas por el MINISTERIO DE SALUD en el ámbito de su competencia.
2. Asistir al señor Ministro en todas las actividades referidas a las relaciones sanitarias nacionales e internacionales del MINISTERIO DE SALUD.
3. Entender en la celebración de convenios de cooperación técnica, en los convenios sanitarios nacionales y binacionales, y en las relaciones con los organismos internacionales de salud.
4. Entender en el desarrollo de las relaciones institucionales con organismos dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los ámbitos nacionales, jurisdiccionales y municipales, como así también con instituciones del sector no gubernamental, de la seguridad social y privado que desarrollen actividades vinculadas al área de su competencia.
5. Facilitar la articulación y armonización interjurisdiccional de los distintos marcos regulatorios del Sector Salud.
6. Fomentar las relaciones sanitarias federales a través del Consejo Federal de Salud.
7. Supervisar el accionar de las Delegaciones Sanitarias Federales, o las que en el futuro las sustituyan, en los distritos jurisdiccionales del país.
8. Asistir al señor Ministro en todas las cuestiones relativas a la determinación y análisis de las variables económicas de las distintas áreas y prestaciones de la salud pública.
9. Proponer el desarrollo de modelos de financiamiento de la salud pública tendientes a promover el acceso equitativo de la población a servicios de salud de calidad en todo el país.
10. Evaluar el impacto económico de las políticas de salud impulsadas desde el MINISTERIO DE SALUD y, eventualmente, formular recomendaciones al señor Ministro a fin de optimizar el impacto de las mismas.
11. Coordinar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la realización de actividades de cooperación sanitaria en línea con la política internacional que desarrolla nuestro país.
12. Participar, en forma coordinada con las áreas pertinentes del MINISTERIO DE SALUD en la elaboración de actividades de difusión, divulgación científica y promoción.
13. Promover la realización de actividades participativas a nivel local conjuntamente con organizaciones no gubernamentales.
14. Entender en la implementación y desarrollo de actividades y programas referidos a municipios y ciudades saludables.
15. Fomentar la participación de actores sectoriales e interjurisdiccionales en la búsqueda de la cobertura universal en salud con calidad y equidad en todo el país.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
OBJETIVOS:
1. Ejercer la secretaría y coordinación del Consejo Federal de Salud - CO.FE.SA.
2. Desarrollar las estrategias de diálogo y consensos en las políticas de salud, estrategias sustantivas e instrumentos operativos con las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través del Consejo Federal de Salud - CO.FE.SA., del Consejo Regional de Salud - CO.RE.SA. y del Consejo Federal Legislativo de Salud - CO.FE.LE.SA.
3. Articular las relaciones entre el Consejo Federal de Salud - CO.FE.SA. y el Consejo Federal Legislativo de Salud - CO.FE.LE.SA.
4. Fomentar y coordinar relaciones institucionales con los otros órganos e institutos dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial tanto nacional como provincial y municipal.
5. Realizar todas las acciones necesarias para lograr todos los acuerdos federales que permitan la ejecución de un plan nacional de salud y promover la adhesión de todas las jurisdicciones a las leyes nacionales que sean conducentes a dicho plan.
6. Asistir al Secretario en la articulación y armonización interjurisdiccional de los distintos marcos regulatorios del Sector Salud.
7. Conducir y coordinar las Delegaciones Sanitarias Federales.
8. Coordinar la interacción de las Delegaciones Sanitarias Federales con las acciones de los programas, proyectos y actividades que desde el nivel central requieren la participación de las mismas.
9. Fomentar y coordinar acciones para el desarrollo de las relaciones institucionales con instituciones públicas y privadas y con organizaciones no gubernamentales del sector salud.
10. Coordinar la articulación del abordaje integral territorial, políticas, planes y acciones en el ámbito de su competencia.
11. Gestionar los acuerdos y convenios con instituciones universitarias, académicas, sociedades científicas, entre otras, para lograr estrategias sinérgicas para los programas prioritarios.
12. Gestionar las relaciones con entidades sanitarias internacionales, las relaciones en el ámbito del MERCOSUR y de los demás países del mundo, en términos de salud, en el marco de las estrategias definidas.
13. Promover las relaciones de intercambio de experiencias con instituciones científicas del país y del exterior.
14. Brindar apoyo técnico y logístico para la apropiada participación de la autoridad sanitaria en los organismos, foros y cuerpos directivos de los organismos internacionales actuantes en la materia.
15. Intervenir en las relaciones con las entidades de financiamiento multilateral, como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo.

ANEXO I