martes, 15 de agosto de 2017

Reclaman que Tierra del Fuego se sume a la cobertura de medicamentos e insumos para trasplantados

Un proyecto busca que la provincia adhiera a la ley nacional que crea un programa de beneficios para las personas en lista de espera para recibir un órgano o ya lo recibieron. La normativa nacional crea un régimen integral que protege a los pacientes, y le garantiza mejores condiciones de vida. La obra social estatal será la encargada junto al Ministerio de Salud provincial de llevar adelante la futura ley. 

Desde hace unos años, existe en el país una ley que protege los derechos de las personas trasplantadas. La norma, reglamentada en 2015, entrega medicamentos y otros insumos a personas que están en listas de espera, o quienes recibieron ya un trasplante. El régimen nacional está llegando a las provincias, a través de leyes locales. La semana pasada, en Tierra del Fuego presentó un proyecto para sumarse a esta iniciativa, que crea un programa de protección integral para las personas trasplantadas, de acuerdo a los que determina la legislación nacional en la materia.

Las legisladoras del bloque FPV-PJ Angelina Carrasco y Marcela Gómez impulsan un proyecto para adherir a la ley nacional 26.928, que entrega medicamentos y otros insumos de manera gratuita. La norma prevé la cobertura del 100 por ciento en la provisión de medicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante; el otorgamiento de pasajes gratuitos de transporte terrestre o fluvial de pasajeros en el trayecto que medie entre el domicilio de aquéllas y cualquier destino al que deban concurrir por razones asistenciales debidamente acreditadas; acceso a una adecuada vivienda o su adaptación a las exigencias que su condición les demande a través de planes o medidas promovidos por la autoridad de aplicación, entre otras cuestiones.

La ley de adhesión que se impulsa en el orden local establece que será el Ministerio de Salud, o aquel que en el futuro lo reemplace, la autoridad de aplicación y debe coordinar su accionar con el Ministerio de Salud de la Nación y con los organismos nacionales, provinciales y municipales competentes en razón de la materia. Estipula también que la obra social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSPTDF) “debe otorgar a sus afiliados las prestaciones médicas previstas por la ley nacional 26928, garantizando la cobertura integral del 100 por ciento”, como así también que el Estado Provincial articule “con el Estado nacional las acciones tendientes a garantizar las prestaciones médicas previstas en la Ley nacional 26928 a las personas beneficiarías del sistema que carecieran de cobertura de obra social”, a la vez que obliga a “las obras sociales radicadas en la Provincia” a que garanticen “a sus afiliados las prestaciones médicas previstas en la Ley nacional”.

La iniciativa fueguina obliga al Estado provincial a “garantizar a las personas” beneficiarias del régimen “que concurran a establecimientos asistenciales por razones debidamente acreditadas, cualquiera sea el trayecto y el horario, el uso gratuito de los servicios de transporte público sometidos a jurisdicción provincial”, debiendo además coordinar “con el Estado nacional y los Estados municipales las condiciones para garantizar la accesibilidad al transporte público en sus respectivos ámbitos de competencia”. Contempla también que en materia de vivienda el IPV promueva “la preferencia en el acceso a una solución habitacional a las personas beneficiarías del sistema en condiciones de vulnerabilidad y que acrediten la residencia mínima en la Provincia, conforme a los criterios y lineamientos establecidos en la normativa vigente”.

Además determina que desde el Estado se coordine con “organismos nacionales, provinciales y municipales, con competencia en materia laboral y de producción, con el objeto de incentivar la generación y mantenimiento del empleo de las personas trasplantadas o en lista de espera para trasplantes, y en especial promover programas de empleo y creación de talleres protegidos de producción y de emprendimientos” y fomentará “la capacitación laboral de dichas personas, con especial atención en su protección y cuidado en el ámbito de trabajo”.              

Fuente: Mirada Profesional